El dominio originario de las provincias sobre los recursos naturales, consagrado por la Constitución, no es absoluto. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental.
El derrotero de la Ley Nacional de Glaciares conoce dos nuevos capítulos. El primero tiene que ver con la justicia. Hace pocos días, la Corte Suprema de Justicia de la Naciónaceptó su “competencia originaria” en las acciones judiciales iniciadas en la justicia federal de San Juan por la empresa Barrick Gold, que solicitan la inconstitucionalidad de la ley. Recordemos que, a pocos días de promulgada, dicha compañía obtuvo un acelerado dictado de medidas cautelares, que suspendieron – solamente en dicha provincia – sus artículos medulares, beneficiando arbitrariamente a los emprendimientos mineros Veladero y Pascua-Lama, en manos de la Barrick.